NOTAS
1.- El navegante deberá tener en cuenta en todo momento el Reglamento para Prevenir Choques y Abordajes.

2.- El navegante deberá observar la normativa vigente, emitida por la Autoridad Marítima Nacional, para la navegación en los espacios acuáticos cubiertos en esta carta.

3.- Las maniobras de ingreso y salida al área portuaria se ejecutarán a la reglamentación establecida por la Autoridad Portuaria con jurisdicción en el área de cobertura de esta carta.

4.-Los límites de las cartas a la siguiente escala más grande aparecen en magenta. Los usuarios deberán consultar el listado de cartas náuticas en la página web del INOCAR.

ADVERTENCIA
1.- El navegante no deberá confiar, totalmente, en las ayudas a la navegación flotantes, debido a que podrían estar fuera de posición por factores externos.

2.- El navegante deberá observar la restricción de navegación debajo de puentes o líneas de alta tensión por la altura del calado aéreo.

PRECAUCIÓN 
Las profundidades en esta carta varían constantemente debido a los sedimentos que aporta el Estero Salado.

ÁREA MARINA PROTEGIDA
El área de cobertura de la carta náutica, se encuentra dentro de la reserva de producción de fauna Manglares El Salado, las actividades realizadas en la misma se sujetarán a las disposiciones de la Autoridad Nacional Ambiental.

